DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS
1.¿QUÉ SON LOS DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS?
El avance tecnológico ha supuesto la posibilidad de tratar y gestionar documentos y archivos en el ámbito de la Administración; aunque se plantea, sobre todo en nuestro país la correcta creación y organización de la información digital.
Históricamente, la autenticidad de los testimonios, sobre todo de las Administraciones Públicas, ha consistido en una acopiación de elementos entre los que destacamos:
- El documento en papel
- Firma manuscrita
- Y la garantía de la custodia física de esos documentos en un archivo público.
La incorporación de las nuevas tecnologías a la Administración supone una proporción creciente de documentos creados en soporte electrónico, esta nueva medida no lleva implícita la sustitución total del papel a corto o medio plazo.
Este avance facilita y propicia la prestación de servicios públicos en formato electrónico con plena disponibilidad.
De acuerdo con el Manual de Documentos Administrativos, los documentos administrativos constituyen el testimonio de su actividad y son el soporte en el que se materializan los diferentes actos de la Administración Pública y constituyen su forma externa. Fuera del ámbito administrativo y una vez concluida su validez pueden convertirse en testimonios históricos de la existencia, organización y funciones de institución que los produjo, es decir, constituiría parte de su Memoria y serían considerados como Patrimonio Documental, según la Ley 16/85 de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español. Por otro lado, la seguridad y garantía que exige la conservación de estos documentos, debe garantizar la adaptación a las peculiaridades del entorno electrónico, el cual está sometido constantemente a cambio y migración tecnológica en el que gran parte de los conceptos expuestos en el documento tradicional, por ejemplo, un documento original, deberán reformularse para reafirmar su integridad, autenticidad y validación.
En el ámbito de los documentos electrónicos, el carácter de prueba y testimonio que tiene el documento respecto a los hechos que constituyen su contenido ha supuesto cambios en el campo legal y jurídico al ser necesaria la adaptación de formatos, soportes y otros medios para los documentos digitales.
En general, en la mayor parte de legislaciones existe una regulación específica para el uso de la firma y el documento electrónicos por parte del sector público, manifestando así el nivel de correlación entre el grado de desarrollo de la Administración Pública y la existencia de normas sobre el uso de la firma electrónica.
En el caso de España, para encontrarlas se debe acudir a la normativa que regulan trámites telemáticos relacionados con el ámbito tributario, de la Seguridad Social o del Ministerio de Economía. Para mitigar esta insuficiencia se publicó la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso a los ciudadanos a los Servicios Públicos, según la cual "la Administración queda obligada a transformarse en una administración electrónica regida por el principio de eficacia que proclama el artículo 103 de nuestra Constitución, al servicio del ciudadano".
En el caso de España, para encontrarlas se debe acudir a la normativa que regulan trámites telemáticos relacionados con el ámbito tributario, de la Seguridad Social o del Ministerio de Economía. Para mitigar esta insuficiencia se publicó la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso a los ciudadanos a los Servicios Públicos, según la cual "la Administración queda obligada a transformarse en una administración electrónica regida por el principio de eficacia que proclama el artículo 103 de nuestra Constitución, al servicio del ciudadano".
- Los artículos 6.1 y 6.23 determinan el derecho a conocer por medios electrónicos el estado de tramitación de los procedimientos en los que sean interesados y obtener copias electrónicas de los documentos electrónicos, entre otras cosas.
Es necesario acotar el concepto de documento electrónico administrativo ya que en multitud de ocasiones se produce una confusión entre soporte de creación de documentos y soporte de conservación de la información.
Alfonso Díaz define el documento electrónico administrativo, entendiéndolo como:
"Entidad de información de carácter único cuyo contenido estructurado y contextualizado se presenta como evidencia de las acciones y funciones propias de las organizaciones, es probatorio de derechos y obligaciones de las partes, y se genera, gestiona y trasmite por medios electrónicos, informáticos o telemáticos".
2. EJEMPLOS DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS
Colecciones de datos, en formato electrónico, de acuerdo a un esquema y que pueden ser accesibles por el computador |
Página web institucional: seleccionada para ser recurrente la primera página que recibe el usuario al contectarse mediante un browser, la cual él mismo puede diseñar para su uso personal. |
Programa computacional: corresponde a secuencias de instrucciones designadas para ser realizadas por el computador. |
Revista electrónica: publicaciones, en formato electrónico, editado en partes sucesivas, que generalmente tienen designaciones numéricas o cronológicas e intentas ser continuadas indefinidamente. |
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