La firma electrónica. Tipos.

LA FIRMA ELECTRÓNICA

1.¿QUÉ ES LA FIRMA ELECTRÓNICA?
La firma electrónica consiste en la recopilación de una serie de datos electrónicos que están relacionados con un documento electrónico. Las funciones básicas de la firma electrónica son:

  • La identificación del firmante de forma incontrovertible. 
  • Acreditar la integridad del documento firmado. No debe dejar lugar a duda que el documento firmado es el mismo que el original y que no ha sufrido ningún tipo de alteración y/o manipulación. 
Otro enfoque importante es el valor práctico de esta; concurren tres características en la comunicación por Internet:
  • Identificación del firmante 
  • Integridad de los datos y no repudio 
La firma digital se utiliza para realizar operaciones que en un documento tradicional requieren una firma. Aquí tenemos algunos ejemplos:
  • Realización de la Declaración de la Renta a través de Internet, solicitudes en los registros electrónicos administrativos, petición de la vida laboral. 
  • Recepción de notificaciones electrónicas, firma de correos electrónicos, firma de facturas electrónicas. 
La legislación básica sobre firma electrónica se recoge en la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de Firma Electrónica. (Art. 3.1) "La firma electrónica es el conjunto de datos en forma electrónica, consignados junto a otros o asociados con ellos, que pueden ser utilizados como medio de identificación del firmante".
El Certificado Electrónico es la base de la firma electrónica, este es necesario para firmar un documento o, en su defecto, un DNI electrónico también sería válido. Este Certificado Electrónico lo remite una Autoridad de Certificación e identifica a una persona con (física o jurídica) con una serie de claves. Su objetivo es certificar y validar que una firma electrónica corresponde a una persona concreta al contener sus datos: nombre, NIF, algoritmo y claves de firma, fecha de expiración y organismo que lo expide. La firma electrónica sólo puede hacerse por medios electrónicos y existen dos formas:


  1. Mediante una aplicación en el PC. No necesita conexión a la red y la aplicación sería el medio para llevar a cabo la firma. Ejemplos de aplicaciones: Cliente@FirmadelMinisteriodePolíticaTerritorial / Ecofirma del Ministerio de Industria
  2. Firmando directamente en internet. Es usual en la firma de formularios o solicitudes con relación a la Administración Pública. Cabe otra posibilidad que sería la firma de documentos usando el servicio que proporciona VALIDe. Pero para ambos casos necesitas el certificado electrónico del que hemos hablado antes.

2. TIPOS DE FIRMAS ELECTRÓNICAS:
Se reconocen tres tipos de firmas, la firma electrónica avanzada, la firma electrónica reconocida y la firma electrónica simple.

FIRMA ELECTRÓNICA RECONOCIDA 

La firma electrónica reconocida, según la Ley española, tiene reconocidos los mismos efectos jurídicos y funcionales de la firma escrita, es decir, que según la ley, la firma electrónica reconocida es la única que puede ser considerada equivalente a la firma manuscrita: 
(Art. 3.4) La firma electrónica reconocida tendrá, respecto de los datos consignados en forma electrónica, el mismo valor que la firma manuscrita en relación con los consignados en papel. La Ley 59/2003, de firma electrónica, define los requisitos que 
debemos cumplir: (Art. 3.3) Se considera firma electrónica reconocida la firma electrónica avanzada basada en un certificado reconocido y generada mediante un dispositivo seguro de creación de firma.  Respecto a los requisitos que debe cumplir son:
  • Identificar al firmante. 
  • Verificar la integridad del documento firmado. 
  • Garantizar el no repudio en el origen. 
  • Contar con la participación de un tercero de confianza. 
  • Estar basada en un certificado electrónico reconocido. 
  • Debe de ser generada con un dispositivo seguro de creación de firma. 
FIRMA ELECTRÓNICA SIMPLE
El certificado de firma simple permite autentificarse (acreditar que usted es quien dice ser) en Internet, además de firmar digitalmente documentos de modo que el destinatario conozca el origen del archivo. Este certificado permite:


  • Firmar electrónicamente los documentos tributarios electrónicos (DTE) que se emitirán en el sistema de facturación electrónica, como: facturas electrónicas, facturas electrónicas exentas, notas de crédito, notas de débito, guías de despacho electrónicas, declaraciones y pagos. 
  • Realizar consultas, aclaraciones y rectificaciones de manera segura y privada en el sitio web del SII (Servicio de información inmediato). 
  • Permite autentificarse en el sitio de SII. 
  • Realizar operaciones con otras organizaciones y empresas. 
FIRMA ELECTRÓNICA AVANZADA
La firma electrónica avanzada es una de los tres tipos de firmas que reconoce la Unión Europea dentro de su apuesta por reforzar las transacciones electrónicas dentro de la región. La firma electrónica avanzada es la firma electrónica que cumple los requisitos contemplados en el artículo 26. Son:

  • Estar vinculada al firmante de manera única, permitir la identificación del firmante, haber sido creado utilizando datos de creación de la firma electrónica que el firmante puede utilizar, con un alto nivel de confianza, bajo su control exclusivo, y estar vinculada con los datos firmados por la misma de modo tal que cualquier modificación ulterior de los mismos sea detectable.
Seguridad de las firmas:
En lo que respecta a la seguridad de las firmas, la firma electrónica avanzada tiene un nivel de seguridad superior al de la firma simple: las dos primeras condiciones definidas por el Reglamento aseguran que el firmante sólo puede haber sido aquel a quien se solicitó la firma, mientras que las dos últimas limitan extraordinariamente el riesgo de suplantación de identidad.
3.1. ¿QUÉ VENTAJAS TIENE LA FIRMA ELECTRÓNICA FRENTE A LA MANUSCRITA?

  • Mayor seguridad e integridad de los documentos. El contenido del documento electrónico firmado no puede ser alterado, por lo que se garantiza la autenticación del mismo y la identidad del firmante. 
  • Se garantiza la confidencialidad, el contenido del mensaje solo será conocido por quienes estén autorizados a ello.
  • Eliminación del papel, lo que implica una disminución del almacenamiento de datos (espacio físico) y reducción de gastos en los procedimientos de administración de archivos. 
  • Se evitan desplazamientos y traslados. 
  • Disminución del tiempo en la ejecución de procesos (se evitan colas y se reducen los procedimientos manuales). 
  • Aumento de la productividad y competitividad de la Empresa.
3.1.1 ¿QUÉ UTILIDAD PRÁCTICA TIENE LA FIRMA ELECTRÓNICA?
Aporta tres características en la comunicación por Internet: identificación del firmante, integridad de los datos y no repudio.
Pero aparte de eso, las aplicaciones prácticas de la misma son muchas y variadas. En general están orientadas a realizar operaciones por Internet que en la vida cotidiana requieren de una firma para validarlas.
Algunos ejemplos de operaciones que se pueden realizar actualmente haciendo uso de la firma digital son:

  • Realización de la Declaración de la Renta a través de Internet. Solicitudes en los registros electrónicos administrativos. Petición de la vida laboral. 
  • Recepción de notificaciones electrónicas. Firma de correos electrónicos. Firma de facturas electrónicas. 
Diferencia entre firma electrónica y firma digital:
La firma electrónica siendo esta el conjunto de datos en forma electrónica, consignados junto a otros o asociados con ellos, que pueden ser utilizados como medios de identificación del firmante. Mientras que la firma digital es el conjunto de caracteres que se añaden al final de un documento o cuerpo de un mensaje para informar, dar fe o mostrar validez y seguridad. La firma digital sirve para identificar a la persona emisora de dicho mensaje y para certificar la veracidad de que el documento no se ha modificado con respeto al original. No se puede negar haberlo firmado, puesto que esta firma implica la existencia de un certificado oficial emitido por un organismo o institución que valida la firma y la identidad de la persona que la realiza.


Autora: Laura Gómez Serna 

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